¿Cuáles son mis derechos y protecciones con respecto a la Ley de
No Sorpresas (HR133)?

Tiene derecho a recibir un “Estimado de Buena Fe” explicando cuánto costará su atención médica.

Según la ley, los proveedores de atención médica deben otorgar un estimado de la factura por artículos y servicios de atención médica antes de que se proporcionen dichos artículos o servicios a los pacientes que no tienen ciertos tipos de cobertura de atención médica o que no utilizan ciertos tipos de cobertura de atención médica.

  • Tiene el derecho a recibir un Estimado de Buena Fe del costo total esperado de cualquier artículo o servicio de atención médica bajo pedido o cuando se programen dichos artículos o servicios. Esto incluye costos relacionados como pruebas médicas, medicamentos recetados, equipo y tarifas hospitalarias. 
  • Si programa un artículo o servicio de atención médica al menos 3 días hábiles antes, asegúrese de que su proveedor o centro de atención médica le proporcione un Estimado de Buena Fe por escrito en un plazo de 1 día hábil tras haber programado. Si programa un artículo o servicio de atención médica al menos 10 días hábiles antes, asegúrese de que su proveedor o centro de atención médica le proporcione un Estimado de Buena Fe por escrito en un plazo de 3 días hábiles tras haber programado. También puede pedirle a cualquier proveedor o centro de atención médica un Estimado de Buena Fe antes de programar un artículo o servicio. Si lo hace, asegúrese de que el proveedor o centro de atención médica le proporcione un Estimado de Buena Fe por escrito en un plazo de 3 días hábiles tras haberla solicitado. 
  • Si recibe una factura de cualquier proveedor o centro de atención que sea por lo menos $400 más alta que su Estimado de Buena Fe de ese proveedor o centro de atención, podrá disputar la factura. 
  • Asegúrese de guardar una copia o foto de su Estimado de Buena Fe y de la factura.

Si tiene preguntas o desea obtener más información sobre su derecho a un Estimado de Buena Fe, visite www.cms.gov/nosurprises/consumers, envíe un correo electrónico a FederalPPDRQuestions@cms.hhs.gov, ollame al 1-800-985-3059.

Usted tiene derechos y protecciones contra las facturas médicas sorpresa.

Cuando recibe atención de emergencia o es atendido por un proveedor fuera de la red en un hospital o centro de cirugía ambulatoria dentro de la red, está protegido contra la facturación de saldos. En estos casos, no se le debería cobrar más que los copagos, coaseguros o deducibles de su plan.

¿Qué es la "facturación de saldo" (a veces llamada "facturación sorpresa")?

Cuando consulta a un médico u otro proveedor de atención médica, podría tener que pagar ciertos gastos de bolsillo, como un copago, un coseguro o un deducible. Podría tener costos adicionales o tener que pagar la factura completa si consulta a un proveedor o visita un centro de atención médica que no está en la red de su plan de salud o si su plan no cubre servicios fuera de la red.

"Fuera de la red" se refiere a proveedores y centros que no han firmado un contrato con su plan de salud para prestar servicios. Los proveedores fuera de la red podrían facturarle la diferencia entre lo que paga su plan y el monto total cobrado por un servicio. Esto se denomina "facturación de saldo". Es probable que este monto supere sus costos dentro de la red por el mismo servicio y podría no contar para el deducible o el límite anual de gastos de bolsillo de su plan. Es posible que su plan de salud no cubra servicios fuera de la red si usted acepta (consiente) recibir servicios de proveedores fuera de la red.

La "facturación sorpresa" es una factura de saldo inesperada. Esto puede ocurrir cuando no puede controlar quién participa en su atención médica, como cuando tiene una emergencia o cuando programa una consulta en un centro de la red, pero inesperadamente recibe atención de un proveedor fuera de la red. Las facturas médicas sorpresa pueden costar miles de dólares, dependiendo del procedimiento o servicio. Los proveedores y centros no le facturan saldos cuando buscan cobrar el costo compartido u otra cantidad que usted acordó pagar o que está obligado a pagar según su plan por los servicios que le brindaron.

Está protegido contra la facturación de saldos por:

Servicios de emergencia

Si tiene una condición médica de emergencia y recibe servicios de emergencia de un proveedor o centro fuera de la red, lo máximo que pueden cobrarle es el monto de costos compartidos dentro de la red de su plan (como copagos, coaseguro y deducibles). No se le puede facturar el saldo por estos servicios de emergencia. Esto incluye los servicios que pueda recibir después de que se encuentre en condición estable, a menos que otorgue su consentimiento por escrito y renuncie a su protección para no recibir la facturación de saldos por estos servicios posteriores a la estabilización.

Ciertos servicios en un hospital o centro de cirugía ambulatoria de la red

Cuando recibe servicios en un hospital o centro de cirugía ambulatoria de la red, es posible que algunos proveedores estén fuera de la red. En estos casos, lo máximo que estos proveedores pueden cobrarle es el monto de costo compartido dentro de la red de su plan. Esto aplica a servicios de medicina de emergencia, anestesia, patología, radiología, laboratorio, neonatología, cirujano asistente, hospitalista o intensivista, o cuando un proveedor de la red no está disponible. Estos proveedores no pueden facturarle el saldo de su plan ni pueden solicitarle que renuncie a sus protecciones para no recibirlo.

Si recibe otros tipos de servicios en estos centros dentro de la red, los proveedores fuera de la red no pueden facturarle el saldo, a menos que usted dé su consentimiento por escrito y renuncie a sus protecciones.

Nunca está obligado a renunciar a sus protecciones contra la facturación del saldo. Tampoco está obligado a recibir atención fuera de la red. Puede elegir un proveedor o centro dentro de la red de su plan.

Cuando no se permite la facturación de saldos, también cuenta con las siguientes protecciones:

  • Solo es responsable de pagar su parte del costo (como los copagos, coaseguros y deducibles que pagaría si el proveedor o centro estuviera dentro de la red). Su plan de salud pagará directamente a los proveedores e centros fuera de la red.
  • Por lo general, su plan de salud debe:
    • Cubrir los servicios de emergencia sin requerir autorización previa.
    • Cubrir los servicios de emergencia de proveedores fuera de la red.
    • Base su deuda con el proveedor o centro (costo compartido) en lo que este pagaría a un proveedor o centro dentro de la red e indique esa cantidad en su explicación de beneficios.
    • Contabilice cualquier monto que pague por servicios de emergencia o fuera de la red para su deducible y límite de gastos de bolsillo.


Si cree que un proveedor o centro le ha facturado incorrectamente, comuníquese con el gobierno federal al 1-800-985-3059 o con la División de Regulación Financiera del Departamento de Servicios al Consumidor y a las Empresas en https://dfr.oregon.gov/help/complaints-licenses/Pages/file-complaint.aspx o llame al 1-888-877-4894. Visite www.cms.gov/nosurprises/consumers para obtener más información sobre sus derechos según la ley federal.

Tiene derecho a recibir un “Estimado de Buena Fe” explicando cuánto costará su atención médica.

Según la ley, los proveedores de atención médica deben proporcionar a los pacientes que no tienen ciertos tipos de cobertura de atención médica o que no utilizan ciertos tipos de cobertura de atención médica un estimado de su factura por artículos y servicios de atención médica antes de que se proporcionen dichos artículos o servicios.

  • Tiene derecho a recibir un Presupuesto de Buena Fe por el costo total esperado de cualquier artículo o servicio de atención médica, ya sea al solicitarlo o al programar dicho servicio. Esto incluye costos relacionados como exámenes médicos, medicamentos recetados, equipos y gastos hospitalarios.

  • Si programa un artículo o servicio de atención médica con al menos 3 días hábiles de anticipación, asegúrese de que su proveedor o centro de atención médica le entregue un Presupuesto de Buena Fe por escrito dentro de 1 día hábil después de la programación. Si programa un artículo o servicio de atención médica con al menos 10 días hábiles de anticipación, asegúrese de que su proveedor o centro de atención médica le entregue un Presupuesto de Buena Fe por escrito dentro de los 3 días hábiles posteriores a la programación. También puede solicitar a cualquier proveedor o centro de atención médica un Presupuesto de Buena Fe antes de programar un artículo o servicio. Si lo hace, asegúrese de que el proveedor o centro de atención médica le entregue un Presupuesto de Buena Fe por escrito dentro de los 3 días hábiles posteriores a su solicitud.
  • Si recibe una factura de cualquier proveedor o centro que supere al menos $400 en su Presupuesto de Buena Fe, puede disputarla.
  • Asegúrese de guardar una copia o una foto de su Presupuesto de Buena Fe y de la factura.

Para preguntas o más información sobre su derecho a una estimación de buena fe, visite www.cms.gov/nosurprises/consumers  correo electrónico FederalPPDRQuestions@cms.hhs.gov o llamar al 1-800-985-3059

Usted tiene derechos y protecciones contra las facturas médicas sorpresa.

Cuando recibe atención de emergencia o es tratado por un proveedor fuera de la red en un hospital o centro quirúrgico ambulatorio dentro de la red, está protegido contra facturas sorpresa o facturación de saldos.

¿Qué es la “facturación de saldo” (a veces llamada “facturación sorpresa”)?

Cuando consulta a un médico u otro proveedor de atención médica, podría tener que pagar ciertos gastos de su bolsillo, como un copago, un coaseguro o un deducible. Podría tener otros gastos o tener que pagar la factura completa si consulta a un proveedor o visita un centro de atención médica que no está en la red de su plan de salud.

“Fuera de la red” se refiere a proveedores y centros que no tienen contrato con su plan de salud. Los proveedores fuera de la red podrían tener permitido facturarle la diferencia entre lo que su plan acordó pagar y el monto total cobrado por un servicio. Esto se llama “facturación de saldo”. Es probable que este monto sea mayor que los costos dentro de la red por el mismo servicio y podría no contar para su límite anual de gastos de su bolsillo.

Una "facturación sorpresa" es un cobro de saldo inesperado. Esto puede ocurrir cuando no puede controlar quién participa en su atención médica, como cuando tiene una emergencia o cuando programa una consulta en un centro de la red, pero inesperadamente recibe atención de un proveedor fuera de la red.

Las aseguradoras deben informarle, a través de sus sitios web o si lo solicita, qué proveedores, hospitales y centros pertenecen a su red. Los hospitales, centros quirúrgicos y proveedores deben informarle en qué redes participan, ya sea en su sitio web o si lo solicita.

 

Está protegido contra la facturación de saldo por:

Servicios de emergencia

Si tiene una emergencia médica, un problema de salud mental o un trastorno por consumo de sustancias y recibe servicios de emergencia de un proveedor o centro fuera de la red, el proveedor o centro podría cobrarle como máximo el monto de costo compartido dentro de la red de su plan (como copagos y coaseguro). No se le puede cobrar el saldo de estos servicios de emergencia. Esto incluye la atención que recibe en un hospital y en centros que brindan servicios de crisis a personas que experimentan una emergencia de salud mental o un trastorno por consumo de sustancias. No se le puede cobrar el saldo de estos servicios de emergencia, incluidos los que pueda recibir después de que se encuentre en condición estable.

Ciertos servicios en un hospital o centro de cirugía ambulatoria de la red

Al recibir servicios en un hospital o centro de cirugía ambulatoria de la red, es posible que algunos proveedores estén fuera de la red. En estos casos, lo máximo que estos proveedores podrían cobrarle es el monto de costo compartido dentro de la red de su plan.

Tampoco está obligado a recibir atención médica fuera de la red. Puede elegir un proveedor o centro dentro de la red de su plan.  

¿Cuándo se le puede solicitar que renuncie a sus protecciones contra la facturación de saldos?

Los proveedores de atención médica, incluyendo hospitales y servicios de ambulancia aérea, nunca pueden exigirle que renuncie a sus protecciones contra la facturación de saldos.

Si tiene cobertura a través de un plan de salud grupal autofinanciado, en algunas situaciones limitadas, un proveedor puede solicitarle su consentimiento para renunciar a sus protecciones contra la facturación de saldos, pero usted nunca está obligado a darlo. Para obtener más información, comuníquese con su empleador o plan de salud.

 

Cuando no se permite la facturación de saldos, también cuenta con las siguientes protecciones:

  • Solo es responsable de pagar la parte del costo (como copagos, coaseguro y deducibles) que pagaría si el proveedor o centro estuviera dentro de la red. Su plan de salud pagará directamente a los proveedores e centros fuera de la red.
  • Por lo general, su plan de salud debe:
    • Cubrir los servicios de emergencia sin requerir autorización previa.
    • Cubrir los servicios de emergencia de proveedores fuera de la red.
    • Base lo que le debe al proveedor o centro (costo compartido) en lo que este pagaría a un proveedor o centro dentro de la red e indique ese monto en su explicación de beneficios.
    • Contabilice cualquier monto que pague por servicios de emergencia o fuera de la red para su deducible y límite de gastos de bolsillo.

Si cree que le han facturado incorrectamente, puede presentar una queja ante el gobierno federal en https://www.cms.gov/nosurprises/consumers o llamando al 1-800-985-3059; y/o presentar una queja ante la Oficina del Comisionado de Seguros del Estado de Washington a su sitio web o llanando al 1-800-562-6900.

Visite https://www.cms.gov/nosurprises para obtener más información sobre sus derechos bajo la ley federal.

Visite el sitio web Office of the Insurance Commissioner Balance Billing Protection Act para obtener más información sobre sus derechos según la ley del estado de Washington.