Según la ley, los proveedores de atención médica deben otorgar un estimado de la factura por artículos y servicios de atención médica antes de que se proporcionen dichos artículos o servicios a los pacientes que no tienen ciertos tipos de cobertura de atención médica o que no utilizan ciertos tipos de cobertura de atención médica.
- Tiene el derecho a recibir un Estimado de Buena Fe del costo total esperado de cualquier artículo o servicio de atención médica bajo pedido o cuando se programen dichos artículos o servicios. Esto incluye costos relacionados como pruebas médicas, medicamentos recetados, equipo y tarifas hospitalarias.
- Si programa un artículo o servicio de atención médica al menos 3 días hábiles antes, asegúrese de que su proveedor o centro de atención médica le proporcione un Estimado de Buena Fe por escrito en un plazo de 1 día hábil tras haber programado. Si programa un artículo o servicio de atención médica al menos 10 días hábiles antes, asegúrese de que su proveedor o centro de atención médica le proporcione un Estimado de Buena Fe por escrito en un plazo de 3 días hábiles tras haber programado. También puede pedirle a cualquier proveedor o centro de atención médica un Estimado de Buena Fe antes de programar un artículo o servicio. Si lo hace, asegúrese de que el proveedor o centro de atención médica le proporcione un Estimado de Buena Fe por escrito en un plazo de 3 días hábiles tras haberla solicitado.
- Si recibe una factura de cualquier proveedor o centro de atención que sea por lo menos $400 más alta que su Estimado de Buena Fe de ese proveedor o centro de atención, podrá disputar la factura.
- Asegúrese de guardar una copia o foto de su Estimado de Buena Fe y de la factura.
Si tiene preguntas o desea obtener más información sobre su derecho a un Estimado de Buena Fe, visite www.cms.gov/nosurprises/consumers, envíe un correo electrónico a FederalPPDRQuestions@cms.hhs.gov, ollame al 1-800-985-3059.